Hasta ahora, muchas de estas máquinas solo necesitaban seguro si estaban matriculadas o circulaban por vía pública. La nueva ley elimina esa condición: todas deberán estar aseguradas, aunque operen solo en obras, fincas o recintos cerrados.
⏳ Plazo legal: 6 meses desde la publicación oficial para regularizar las pólizas.
🛑 La nueva Ley obliga a asegurar vehículos que antes estaban exentos: ¿está tu flota preparada?
El Congreso ha aprobado la nueva Ley que transpone la Directiva 2021/2118, y que modifica profundamente el ámbito del seguro obligatorio de responsabilidad civil en circulación.
Proyecto de Ley por la que se modifican el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Real Decreto Legislativo 8/2004) y la Ley 20/2015 de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Este proyecto es el instrumento legal con el que se transponen al ordenamiento español la Directiva (UE) 2021/2118, ampliando el alcance del seguro obligatorio y reforzando la protección de las víctimas.
Entre los principales cambios, se amplía la definición de “vehículo a motor”, lo que implica que maquinaria agrícola e industrial que antes estaba exenta ahora deberá contar con seguro obligatorio, incluso si:
- No están matriculados
- Solo se utilizan en obras o recintos privados
Esto incluye:
- Carretillas elevadoras
- Excavadoras
- Tractores
- Plataformas elevadoras
- Aplanadoras
- Otros vehículos industriales no destinados a vía pública
La norma da un plazo de 6 meses desde su publicación oficial para adaptar estas flotas a la nueva obligación.
🛠️ Además, los vehículos personales ligeros (como patinetes eléctricos, segways o monociclos) también deberán contar con seguro, y se creará un registro público obligatorio antes de 2026.
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🔄 Estado del Proyecto de Ley
- El Congreso de los Diputados aprobó el Proyecto de Ley (ref. 121/000022) el pasado 10 de junio de 2025 y lo remitió al Senado para su tramitación
- Ahora está en manos del Senado, que tiene un plazo (aproximadamente 20 días) para debatirlo, presentar enmiendas y aprobarlo definitivamente .
⚖️ ¿Puede cambiar el contenido?
- Sí, aún pueden introducirse modificaciones en el Senado: se pueden presentar enmiendas y ajustar artículos antes de su aprobación final.
- No obstante, el proyecto ha sido aprobado en el Congreso con competencia legislativa plena, lo que significa que el Senado no puede vetar el texto, solo enmendarlo
📆 Próximos pasos y plazos clave:
- Tramitación en el Senado: debates y plazo para enmiendas (unos 20 días aproximadamente).
- Aprobación definitiva: una vez aprobado en el Senado sin cambios drásticos, se remitirá al Boletín Oficial de las Cortes Generales y posteriormente al BOE.
- Plazo de entrada en vigor: los artículos transitorios indican plazos como:
✅ Conclusión
- Todavía no es ley definitiva: el texto podría modificarse en el Senado.
- Sin embargo, es poco probable que los cambios alteren la esencia de las novedades (asegurar maquinaria no matriculada ni en vía pública, VMP, mejoras indemnizatorias).
- Recomiendo seguir de cerca la tramitación en el Senado.
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